A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Miembros Fundadores Del Resguardo Indigena De Businchama·Demandado Torres Torres Ivan De Jesus Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1° Civil del Circuito en oralidad de Valledupar y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el proceso verbal de impugnación de actos de asamblea interpuesto por dos ciudadanos en contra de los organizadores de la reunión para la elección del Cabildo gobernador del Resguardo Indígena Businchama, perteneciente a la comunidad Arhuaca.
Lo anterior, con el fin de que se declarara la nulidad del acta a través de la cual se registró el nombramiento y la posesión de dicho Cabildo y de los demás miembros de la directiva del referido resguardo.
Teniendo en cuenta que la Sala Plena constató que ante la Corporación se está tramitando una acción de tutela interpuesta por las personas que fueron nombradas a través del acta cuestionada, se consideró necesario suspender el presente conflicto, por el fenómeno de prejudicialidad, por cuanto la decisión a adoptarse en este caso depende de lo que se decida en el trámite de revisión de tutela T-8.237.218.
Se precisa que lo anterior obliga a detener los términos del conflicto de jurisdicciones de la referencia, con el propósito de armonizar y mantener la congruencia en las decisiones a adoptar.
Por lo anterior, se dispone que la suspensión decretada se mantenga hasta tanto la Corte Constitucional decida sobre el proceso de tutela mencionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- Primero. SUSPENDER por prejudicialidad los términos en el expediente CJU 810, correspondiente al conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Civil del Circuito de Valledupar y el Juzgado 7° Administrativo del Circuito de la misma ciudad respecto de la demanda de Impugnación de Actos de Asamblea promovida por Juan Antonio y Edilia Dominga Alfaro contra los organizadores de la reunión para la elección del "Cabildo gobernador" del Resguardo Indígena Businchama.
- Segundo. Esta suspensión se mantendrá hasta tanto la Corte Constitucional decida sobre la acción de tutela T- 8.237.218.
- Tercero. La Secretaría General de esta corporación realizará las anotaciones correspondientes en el expediente CJU-810.
- Comuníquese y cúmplase.
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.